Modificación de medidas definitivas
Las medidas establecidas en una sentencia de divorcio, separación o procedimiento de medidas paternofiliales pueden modificarse cuando se produce una alteración sustancial y estable de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta al establecerlas, y resulta necesario adaptarlas a la nueva realidad familiar.
Cambios relevantes en la situación económica o laboral, modificaciones de residencia, nuevas necesidades de los hijos, cambios en su situación escolar o personal, o determinadas circunstancias de salud pueden justificar una revisión de las medidas. También puede solicitarse su modificación cuando existe un incumplimiento reiterado del régimen establecido.
La modificación puede tramitarse de mutuo acuerdo o por vía contenciosa. En este último caso, será fundamental acreditar el cambio de circunstancias y la necesidad de adaptar las medidas vigentes. Un estudio previo de la situación y de la documentación permite valorar la viabilidad de la solicitud y definir la estrategia jurídica más adecuada.