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Herencias

La tramitación de una herencia requiere atender tanto a los aspectos jurídicos y patrimoniales de la sucesión como a los plazos fiscales establecidos legalmente. El procedimiento comienza con la determinación de los herederos y la revisión del testamento o, en su ausencia, con la correspondiente declaración de herederos abintestato.

Una vez determinada la sucesión, es necesario realizar el inventario y valoración de los bienes, derechos y deudas del causante, así como decidir sobre la aceptación o renuncia de la herencia. La aceptación puede realizarse pura y simplemente o a beneficio de inventario, en función de las circunstancias de cada caso.

La partición de la herencia comprende la valoración y distribución de los bienes entre los herederos, incluyendo, cuando proceda, las correspondientes compensaciones. Cuando no existe acuerdo, puede acudirse al procedimiento de división judicial de la herencia.

También pueden surgir conflictos relacionados con la legítima, la desheredación, la impugnación de testamentos, las donaciones realizadas en vida o la capacidad del causante para testar, cuestiones que requieren un análisis individualizado de las circunstancias y de la normativa sucesoria aplicable.

Debe prestarse especial atención a los plazos fiscales, entre ellos el plazo general de seis meses para la presentación del Impuesto sobre Sucesiones y, cuando corresponda, del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.